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Nuevo artículo de Iván González Barrios, publicado en la portada del número de septiembre de la revista RC.

Nuevo artículo de Iván González Barrios, publicado en la portada del número de septiembre de la revista RC, decana en España de la Responsabilidad Civil y el Seguro, titulado: “Concurso de delitos contra la seguridad vial y de imprudencia con resultado lesivo: La falacia de la denominada «responsabilidad civil ex delicto»” Resumen: La concurrencia de […]

Nuevo artículo de Iván González Barrios, publicado en la portada del número de septiembre de la revista RC, decana en España de la Responsabilidad Civil y el Seguro, titulado: “Concurso de delitos contra la seguridad vial y de imprudencia con resultado lesivo: La falacia de la denominada «responsabilidad civil ex delicto»”

Resumen:

La concurrencia de los delitos contra la seguridad vial, de peligro, y los delitos imprudentes, de resultado, planten ciertos problemas prácticos respecto a la indemnización de los daños. Ello es debido a que, por las normas del concurso de delitos, normalmente se condena por el delito de peligro, que no es un delito de resultado. Por ello, en estos casos se plantea si del juez o tribunal debe o no pronunciarse sobre los daños causados. En este trabajo se hace un análisis de esta cuestión, estudiando la última jurisprudencia de la Sala 2ª del Tribunal Supremo. Asimismo, también se analiza la mal llamada “responsabilidad civil ex delicto”, que distorsiona desde sus premisas el planteamiento de la cuestión y arrastra en su ruina al resto de la argumentación de quien a ella
insiste en aferrarse.

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